Título TÍTULO V

Art. 26

En vigor desde 26 jun 2025
Son infracciones graves: 1. Incumplir las normas relativas a la cumplimentación de los datos clínicos. 2. Impedir el acompañamiento en el proceso de morir, salvo que concurran circunstancias clínicas que así lo justifiquen. 3. Obstaculizar o impedir el disfrute de cualesquiera de los derechos reconocidos en el título II de esta ley o incumplir cualesquiera de los deberes establecidos en el título III.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ri/l/2025/06/23/3#art-26

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil