Capítulo CAPÍTULO III
Art. 7
En vigor desde 5 nov 2020
Para el seguimiento y evaluación del sistema de préstamo de libros de texto y material escolar el Consejo Escolar de Extremadura elaborará a la conclusión de cada curso escolar un informe anual y una memoria estadística que refleje el número de alumnas y alumnos adheridos al sistema, y los libros y material escolar adquiridos en cada curso con desglose de los que lo hayan sido por vencimiento de su plazo de vigencia o por necesidades de reposición.
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Proeli/es-ex/l/2020/10/29/3#art-7