Capítulo CAPÍTULO II
Art. 5 Ter
En vigor desde 5 nov 2020
Para la evaluación de las solicitudes y distribución de los fondos entre los centros destinatarios se constituirá una comisión presidida por la persona titular de la Secretaría General de Educación o persona que designe, siendo su composición y atribuciones desarrolladas reglamentariamente.
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Proeli/es-ex/l/2020/10/29/3#art-5-ter