Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO VIII
Art. 25
En vigor desde 5 jun 2019
El deporte de alto rendimiento se considera de interés público para la Comunidad de Castilla y León en tanto que constituye un factor esencial para el desarrollo deportivo de la Comunidad por el estímulo que supone para el fomento de la iniciación deportiva y por su función representativa del deporte castellano y leonés en las competiciones oficiales de ámbito supraautonómico.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cl/l/2019/02/25/3#art-25