Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO III

Art. 62

En vigor desde 1 ene 2021
Sin la autorización de un centro de servicios sociales o sin la presentación de la declaración responsable de un servicio, ningún centro o servicio podrá entrar en funcionamiento, y se acordará el cierre oportuno del centro y el cese de la actividad del servicio, así como sancionarse la conducta contraria, según se determina en el título VIII de esta ley. Se modifica por el de la Ley 3/2020, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2021-1859#a6-2

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eli/es-vc/l/2019/02/18/3#art-62

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