Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 62
62 / 195En vigor desde 1 ene 2021
Sin la autorización de un centro de servicios sociales o sin la presentación de la declaración responsable de un servicio, ningún centro o servicio podrá entrar en funcionamiento, y se acordará el cierre oportuno del centro y el cese de la actividad del servicio, así como sancionarse la conducta contraria, según se determina en el título VIII de esta ley.
Se modifica por el de la Ley 3/2020, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2021-1859#a6-2
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2019/02/18/3#art-62