Capítulo CAPÍTULO III
Art. 11
En vigor desde 1 jun 2018
1. La participación de las organizaciones y redes del Tercer Sector Social de las Illes Balears en las políticas sociales, en todas sus fases incluida su ejecución, se materializará a través de la cooperación, en los términos previstos en la presente ley y en la normativa reguladora de cada sistema. Su alcance será determinado por la administración pública responsable del área o del nivel de atención en que tendrá lugar y podrá darse en los siguientes aspectos:
a) Participación en la gestión de los sistemas de responsabilidad pública en el ámbito de la intervención social y de los espacios de interacción entre sistemas (socio-laboral, socio-habitacional, socio-sanitario, socio-educativo y socio-cultural, entre otros).
b) Participación en la provisión (diseño, prestación, evaluación y mejora) de servicios de responsabilidad pública o que se están consolidando, progresivamente, como tales.
c) Participación en todo caso delegada por la administración pública responsable, cuando esté normativamente definida, en la realización de funciones vinculadas a la figura de referente y a la coordinación de caso (diagnóstico, programación, seguimiento y evaluación de la intervención, incluyendo funciones de acompañamiento social) que pueden afectar a más de un sistema de responsabilidad pública (entre otros, servicios sociales, sanidad, educación).
d) Participación en el acompañamiento social a las personas y familias a lo largo de todo el proceso de intervención y, en cualquier caso, ejerciendo desde el inicio actividades de contacto con las personas destinatarias, que permitan que estas tengan conocimiento de los recursos, así como de acogida inicial, información, orientación y derivación hacia los servicios de acceso al sistema balear de servicios sociales.
2. El sistema balear de servicios sociales, el sistema balear de renta básica y el servicio balear de ocupación y el espacio socio-laboral se configuran como sistemas y espacios de responsabilidad pública a partir de un modelo mixto que combina la responsabilidad pública con la prevalencia de la iniciativa pública y la iniciativa social en su desarrollo.
3. Los sistemas sanitario y educativo baleares tienen que promover la participación de las organizaciones y redes del Tercer Sector Social de las Illes Balears en el espacio socio-sanitario y socio-educativo en que su contribución es más relevante, así como otras actividades de las organizaciones del Tercer Sector Social que complementen los dos sistemas y posibiliten el logro de su finalidad, habilitando las fórmulas y vías de participación necesarias.
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Proeli/es-ib/l/2018/05/29/3#art-11