Título TÍTULO VI

Art. 26

En vigor desde 14 ene 2017
1. La Comisión de Ética Pública es el órgano competente para incoar los procedimientos sancionadores por hechos realizados por altos cargos en el ejercicio de sus funciones que puedan constituir infracciones administrativas previstas en cualquier norma que les sea de aplicación. 2. La instrucción de los procedimientos sancionadores corresponderá a la Inspección General de Servicios de la Junta de Castilla y León. 3. Corresponde a la Comisión de Ética Pública resolver los procedimientos sancionadores por hechos que constituyan infracciones administrativas de los altos cargos. Las resoluciones que dicte dicho órgano pondrán fin a la vía administrativa.
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eli/es-cl/l/2016/11/30/3#art-26

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