Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 23
En vigor desde 8 jul 2014
La responsabilidad administrativa por las infracciones tipificadas en la presente ley corresponderá a las personas físicas o jurídicas titulares de las autorizaciones para el ejercicio de la venta ambulante o no sedentaria.
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Proeli/es-mc/l/2014/07/02/3#art-23