Título TÍTULO V

Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 18 jul 2014
A efectos de lo establecido en los artículos 29.1 y 30.2 de la presente ley, por orden de la persona titular de la conselleria competente en materia de vías pecuarias se aprobará un modelo tipo de declaración responsable, en la que se incluirán las condiciones técnicas a las que se someterán el reconocimiento del derecho y el ejercicio de la actividad.
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eli/es-vc/l/2014/07/11/3#disposicion-adicional-tercera

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