Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO I

Art. 62

En vigor desde 28 feb 2019
1. Las facultades de inspección en relación con las materias objeto de este título corresponderá a los inspectores y las inspectoras de la conselleria competente en materia de agricultura. 2. La actuación de la inspección tendrá como fin el control del cumplimiento de lo dispuesto en esta ley. Por ello, se la faculta para realizar las comprobaciones que corresponda, bien como consecuencia de las denuncias por incumplimientos que les sean presentadas, bien a causa de irregularidades constatadas en el ejercicio de sus funciones que supongan incumplimientos de lo dispuesto en esta ley. De la misma manera, se les faculta para instruir el procedimiento sancionador correspondiente y para formular, en su caso, la propuesta de resolución que proceda. 3. Asimismo, las personas inspectoras podrán acceder a las explotaciones, los locales y las instalaciones y a la documentación industrial, mercantil y contable de las personas que inspeccionan, cuando lo consideren necesario en el curso de sus actuaciones, que, en todo caso, tendrán carácter confidencial. 4. En el ejercicio de sus funciones de control e inspección, el personal que tenga atribuidas estas facultades, de conformidad con lo establecido en este artículo y que reúnan las condiciones requeridas, tendrán el carácter de agente de la autoridad, con los efectos previstos en el artículo 77.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Además, podrán solicitar el apoyo necesario de cualquier otra autoridad, así como de las fuerzas y cuerpos de seguridad. 5. Las inspectoras y los inspectores estarán obligados a cumplir el deber de secreto profesional y su incumplimiento podrá dar lugar a la exigencia de las responsabilidades legales pertinentes. Se añade por el de la Ley 2/2019, de 6 de febrero. Ref. BOE-A-2019-2785

Tus anotaciones

Pro

eli/es-vc/l/2013/07/26/3#art-62

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil