Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 115
En vigor desde 14 abr 2012
Las infracciones administrativas en materia deportiva pueden ser muy graves, graves o leves. En cuanto régimen sancionador público, será de aplicación el procedimiento sancionador de la Xunta de Galicia y, en su defecto, el Real decreto 1398/1993, de 4 agosto, que aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.
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Proeli/es-ga/l/2012/04/02/3#art-115