Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 100
En vigor desde 26 abr 2011
La Generalitat velará por la promoción y la calidad de los certámenes feriales que se celebren en la Comunitat Valenciana, fijando las condiciones y requisitos que deberán cumplir los mismos, así como, en su caso, las entidades organizadoras.
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Proeli/es-vc/l/2011/03/23/3#art-100