Art. 8
En vigor desde 18 abr 2011
En todos los centros asistenciales y sanitarios radicados en el territorio de la Comunidad de Madrid se facilitará a las mujeres gestantes y a sus familias la información básica prevista en la presente Ley.
La información básica incluirá, como mínimo, una guía de recursos de apoyo y asistencia a la maternidad, además de la referente a la legislación vigente en la materia y la prevista para la prestación del consentimiento informado que exige la norma sanitaria.
La misma contemplará de manera destacada el teléfono de acceso general y gratuito previsto en el siguiente artículo.
La información se facilitará con carácter personalizado, sin perjuicio de entregar además la documentación correspondiente.
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Proeli/es-md/l/2011/03/22/3#art-8