Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición adicional tercera
En vigor desde 3 nov 2011
Por la presente Ley se extingue el ente público de derecho privado Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. El organismo autónomo administrativo Lanbide-Servicio Vasco de Empleo quedará subrogado en todos los derechos y obligaciones del ente público extinguido. Sus medios materiales y personales resultarán adscritos conforme a lo que determinen los correspondientes reglamentos organizativos.
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Proeli/es-pv/l/2011/10/13/3#disposicion-adicional-tercera