Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición adicional primera
En vigor desde 3 nov 2011
El director o la directora general de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo comparecerá anualmente ante la Comisión de Políticas Sociales, Trabajo e Igualdad para dar cuenta de la memoria anual de la actividad del ente público.
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