Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. 21

En vigor desde 27 mar 2011
El Gobierno de La Rioja apoyará las iniciativas de colectivos y asociaciones dedicadas a la erradicación de la violencia y que lleven a cabo programas que actúen sobre su prevención y sensibilización, así como las que constituyan grupos de autoayuda y fomenten la creación de redes de apoyo coordinadas por profesionales en la materia.
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eli/es-ri/l/2011/03/01/3#art-21

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