Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Naturaleza y régimen jurídico

Art. 5

En vigor desde 17 jun 2008
1. La actividad de la Empresa Pública «Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales» debe ajustarse a las normas de derecho privado, salvo en los supuestos en los que la Ley determine la aplicación del derecho público y, en todos los casos, en las relaciones de la Corporación con la Administración a la que queda adscrita. 2. La contratación de la Empresa Pública «Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales» y de sus sociedades filiales queda sometida al derecho privado, salvo en los supuestos en que deba regirse por la legislación sobre contratación administrativa. En todos los casos, deben respetarse los principios generales establecidos por la legislación sobre contratación de las administraciones públicas.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ex/l/2008/06/16/3#art-5

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil