Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición adicional cuarta
En vigor desde 13 jul 2008
A efectos de la usucapión o prescripción adquisitiva de los montes patrimoniales se estará a lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, o en la norma que lo sustituya.
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Proeli/es-cm/l/2008/06/12/3#disposicion-adicional-cuarta