Título TÍTULO I
Art. 6
En vigor desde 18 oct 2005
En relación con el Sepepa, corresponde al Consejo de Gobierno del Principado de Asturias:
a) Establecer las directrices generales en materia de empleo en las que hayan de enmarcarse los criterios, programas y acciones del Sepepa.
b) Nombrar y cesar a los vocales del Consejo Rector.
c) Nombrar y separar al Director Gerente, a propuesta del Consejo Rector.
d) Aprobar el proyecto de presupuesto del Sepepa.
e) Aprobar el reglamento de funcionamiento y régimen interior del Sepepa y su estructura administrativa, así como la relación de puestos de trabajo, el catálogo de puestos de trabajo y la oferta de empleo público del mismo.
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Proeli/es-as/l/2005/07/08/3#art-6