Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición final cuarta
En vigor desde 30 abr 2005
En lo no previsto por la presente ley será de aplicación:
a) En materia de procedimiento administrativo, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
b) En materia de régimen sancionador, las normas sustantivas y de procedimiento previstas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 2/1998, de 20 de febrero, de Potestad Sancionadora de las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
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Proeli/es-pv/l/2005/02/18/3#disposicion-final-cuarta