Art. Disposición final cuarta
Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final cuarta

134 / 137
En vigor desde 30 abr 2005
En lo no previsto por la presente ley será de aplicación: a) En materia de procedimiento administrativo, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. b) En materia de régimen sancionador, las normas sustantivas y de procedimiento previstas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 2/1998, de 20 de febrero, de Potestad Sancionadora de las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-pv/l/2005/02/18/3#disposicion-final-cuarta