Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª De la inspección

Art. 70

En vigor desde 22 sept 2005
Corresponde al Gobierno de La Rioja a través de la Consejería competente en materia de comercio, el ejercicio de la función inspectora para garantizar el cumplimiento de esta Ley.
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eli/es-ri/l/2005/03/14/3#art-70

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