Título TÍTULO V

Art. 19

En vigor desde 23 abr 2002
1. La Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León consignará anualmente los créditos necesarios para el desarrollo y la consecución de los objetivos de esta Ley. 2. Los programas para personas adultas podrán financiarse con fondos procedentes de instituciones públicas o de procedencia privada.
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eli/es-cl/l/2002/04/09/3#art-19

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