Título TÍTULO V

Art. 58

Derogado
En vigor desde 30 jul 2017
De acuerdo con el título VIII del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, las medidas de seguridad del Registro de población de las Illes Balears serán las correspondientes al nivel básico.» Se añade por el art. único.13 de la Ley 5/2017, de 25 de julio. Ref. BOE-A-2017-10496

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ib/l/2002/05/17/3#art-58

Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil