Capítulo CAPÍTULO II

Art. 6

En vigor desde 20 jun 2002
1. El Consell apoyará aquellas iniciativas de las distribuidoras que propicien una mejor organización profesional y una coordinación más fluida con los editores y libreros. 2. El Consell apoyará los cursos de formación y puesta al día, seminarios y foros de debate, con el objeto de que los distribuidores y distribuidoras valencianos mantengan un adecuado nivel profesional. 3. En la medida en que beneficie a la difusión del libro valenciano, tanto en la Comunidad Valenciana como fuera de ella, el Consell favorecerá la organización y actividad de las distribuidoras valencianas.
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eli/es-vc/l/2002/06/13/3#art-6

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