Título TÍTULO III

Art. 16

En vigor desde 23 jun 2000
La Comisión Interdepartamental de Desarrollo Rural estará formada por representantes de todas las Consejerías del Gobierno involucradas en la consecución de los objetivos sectoriales descritos en la presente Ley. Su composición y funciones serán reguladas por Decreto.
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eli/es-ri/l/2000/06/19/3#art-16

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