Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 11 feb 1999
Las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Canarias consignarán los créditos precisos para financiar la elaboración de las auditorías de gestión que sean necesarias.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cn/l/1999/02/04/3#disposicion-adicional-segunda

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil