Art. Disposición adicional segunda
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional segunda

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En vigor desde 11 feb 1999
Las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Canarias consignarán los créditos precisos para financiar la elaboración de las auditorías de gestión que sean necesarias.
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