Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 8

En vigor desde 30 mar 1999
Será pública la acción para exigir ante las Administraciones públicas y la Jurisdicción Contencioso-Administrativa el cumplimiento de lo previsto en esta Ley y en el resto del ordenamiento jurídico para la defensa del patrimonio cultural aragonés.
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eli/es-ar/l/1999/03/10/3#art-8

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