Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 29

En vigor desde 19 ene 1986
1. Las Leyes de Presupuestos del Principado determinarán en cada ejercicio las plantillas de todo el personal al servicio de la Comunidad Autónoma, y expresarán las modificaciones que se introduzcan con respecto a las vigentes en el ejercicio precedente. 2. Las plantillas deberán responder a los principios de racionalidad, eficiencia y economía.
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eli/es-as/l/1985/12/26/3#art-29

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