Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 22

Derogado
En vigor desde 8 may 1984
1. Las Consejerías de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha son las siguientes: a) Presidencia y Gobernación. b) Economía y Hacienda. c) Agricultura. d) Educación y Cultura. e) Sanidad, Bienestar Social y Trabajo. f) Industria y Comercio. g) Política Territorial. h) Transportes y Comunicaciones. 2. La estructura establecida en el párrafo anterior podrá ser objeto de modificación, en cuanto al número y denominación, por el Presidente, en los términos establecidos en la presente Ley.
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eli/es-cm/l/1984/04/25/3#art-22

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