Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 18
DerogadoEn vigor desde 8 may 1984
El Consejo de Gobierno cesa en sus funciones de acuerdo con lo establecido en el Estatuto de Autonomía.
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Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/1984/04/25/3#art-18