Título TÍTULO IV

Art. Disposición final tercera

En vigor desde 20 jul 2006
Esta Ley tiene carácter de legislación básica al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.23.ª de la Constitución. Se exceptúan de lo anterior los siguientes artículos: 1. El artículo 19 y las disposiciones adicionales tercera, cuarta, quinta, séptima y octava, que serán únicamente de aplicación a la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos. 2. El artículo 15 y las disposiciones adicionales primera y segunda, que se dictan al amparo del artículo 149.1.14.ª de la Constitución. 3. Las disposiciones de los artículos 20 a 23, que en lo relativo a recursos en vía administrativa se dictan al amparo del artículo 149.1.18.ª de la Constitución y en lo relativo a recursos en vía contencioso-administrativa al amparo del artículo 149.1.6.ª de la Constitución.
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eli/es/l/2006/07/18/27#disposicion-final-tercera

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