Capítulo CAPITULO IX

Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 29 jul 1984
Todas las transmisiones patrimoniales y operaciones necesarias para la constitución y puesta en funcionamiento del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial estarán exentas de cualquier tributo de carácter estatal.
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eli/es/l/1984/07/26/27#disposicion-adicional-segunda

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