Capítulo CAPITULO IX

Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 29 jul 1984
Podrán constituirse con participación del Instituto de la Pequeña y Mediana Empresa Industrial, sociedades de empresas de las previstas en el artículo 2.º de la Ley 196/1963, de 28 de diciembre, que tendrán los beneficios fiscales establecidos para estas sociedades.
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eli/es/l/1984/07/26/27#disposicion-adicional-primera

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