Capítulo CAPÍTULO V
Art. 35
En vigor desde 28 ene 1999
La obligación de suministrar información se extiende a todas las personas físicas y jurídicas y también a todas las administraciones públicas que han obtenido información objeto de estadísticas de interés de la Generalidad.
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Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/1998/12/30/23#art-35