Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición adicional primera
En vigor desde 19 ene 2010
Los preceptos de la presente ley y de su normativa de desarrollo se entienden sin perjuicio del régimen especial de la Val d'Aran y de acuerdo con lo establecido por los decretos de transferencia de competencias de la Generalidad al Conselh Generau d'Aran en esta materia.
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Proeli/es-ct/l/2009/12/23/22#disposicion-adicional-primera