Capítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición final quinta

En vigor desde 9 jun 1989
Se autoriza al Consejo Ejecutivo para reasignar, mediante un Decreto, entre los distintos órganos de la Administración de la Generalidad las atribuciones y competencias que les correspondan por la presente Ley, así como para dictar las normas necesarias para su despliegue. Se modifica por el art. único de la Ley 7/1989, de 5 de junio. Ref. BOE-A-1989-14732 .

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eli/es-ct/l/1983/11/21/22#disposicion-final-quinta

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