Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO III

Art. 1

3-2

En vigor desde 31 dic 2017
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 1.2-4, en las tasas reguladas en la presente ley no se aplicarán más exenciones o beneficios tributarios que aquellos que estén expresamente previstos en esta ley o se introduzcan en ella por cualquier otra disposición con rango de ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-vc/l/2017/12/28/20#art-1-10

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil