Art. 1 · 3-2
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO III

Art. 1

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3-2

En vigor desde 31 dic 2017
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 1.2-4, en las tasas reguladas en la presente ley no se aplicarán más exenciones o beneficios tributarios que aquellos que estén expresamente previstos en esta ley o se introduzcan en ella por cualquier otra disposición con rango de ley.
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eli/es-vc/l/2017/12/28/20#art-1-10