Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 37

En vigor desde 27 ago 1985
El Departamento de Sanidad y Seguridad Social estructurará un sistema de información y vigilancia sobre la frecuencia asistencial, morbilidad y mortalidad por dependencias, preservando el derecho al anonimato.
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eli/es-ct/l/1985/07/25/20#art-37

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