Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO II

Art. 60

En vigor desde 11 may 2024
1. La Administración, en materia de actividad industrial y transformación y diversificación del tejido productivo: a) Prestará especial apoyo a aquellas actividades económicas, especialmente las industriales, que supongan un aprovechamiento más sostenible de los recursos existentes en el territorio, priorizando en su desarrollo el mantenimiento y la generación de empleo de calidad, sin sesgos de género, y la diversificación sectorial. b) Colaborará activamente con el tejido asociativo y los agentes sociales para la creación de empresas o el autoempleo, dando prioridad a las iniciativas emprendedoras de carácter industrial a través del trabajo autónomo y de la constitución, fortalecimiento y agrupación de entidades de economía social. c) Apoyará las iniciativas empresariales de transformación y diversificación productiva a través de medidas y programas que incrementen la capacidad para abordar sus procesos de cambio y para incrementar su capacidad para competir en los mercados internacionales. d) Establecerá medidas de formación, asesoramiento y seguimiento que permitan la consolidación y mejora de la competitividad de los proyectos empresariales industriales. 2. Los mecanismos a través de los que se realizará este impulso a la actividad industrial, la transformación y la diversificación serán los siguientes: a) Autorización de puesta en marcha provisional para la realización de la actividad tras la presentación de una declaración responsable y el pago de las tasas bajo modelo de autoliquidación. La duración de esta autorización se extenderá hasta la obtención de la autorización definitiva o la denegación motivada. b) Priorización y acceso a condiciones favorables en la obtención de suelo y techo industrial existente o planificado. c) Acceso prioritario a programas de consolidación y generación de empleo. d) Refuerzo, en colaboración con las entidades locales y otros organismos y entidades de apoyo, de las tareas de asesoramiento y tutorización al emprendimiento. e) Apoyo financiero a las inversiones de las empresas mediante subvenciones a fondo perdido, préstamos participativos y avales ante entidades financieras. f) Apoyo a la transformación digital de las empresas mediante inversiones e iniciativas basadas en las nuevas tecnologías y en los nuevos desarrollos de innovación industrial. g) Apoyo a los proyectos de I+D+i, tanto de grandes como de pequeñas empresas. h) Apoyo al fomento del empleo femenino. i) Apoyo y fomento a las formas de asociacionismo empresarial, cooperativismo y participación de los propios trabajadores.
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eli/es-as/l/2024/04/30/2#art-60

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