Título TÍTULO SEGUNDO›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 5
En vigor desde 29 jun 2024
1. La empresa pública Corporació Audiovisual de la Comunitat Valenciana, SA (CACVSA), estará adscrita a la Presidencia de la Generalitat, sin perjuicio de su autonomía en la gestión e independencia funcional.
2. La Junta General de la CACVSA será asumida a todos sus efectos por el Consell de la Generalitat.
3. La CACVSA tiene, a efectos de sus funciones de administración, y sin perjuicio de las competencias de la Junta General, los órganos siguientes:
a) Consejo de Administración.
b) Director general.
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