Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO XII
Art. 85
En vigor desde 29 ago 2024
Los ayuntamientos, en el ejercicio de sus competencias en materia urbanística y de medioambiente urbano, desarrollarán actuaciones de divulgación con el fin de informar, sensibilizar y concienciar al conjunto de la población, y a la población infantil y adolescente en particular, del derecho de las personas menores a disfrutar de un entorno saludable y seguro, amigable y accesible, y del deber de toda la sociedad de promoverlo, respetarlo y protegerlo.
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Proeli/es-pv/l/2024/02/15/2#art-85