Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección primera. Formación necesaria para el ejercicio de las profesiones reguladas del deporte y la actividad física

Art. 15

En vigor desde 26 ene 2023
Para ejercer la profesión de preparador físico o preparadora física se requiere estar en posesión de la titulación de Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte o licenciatura correspondiente.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-vc/l/2022/07/22/2#art-15

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil