Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición transitoria primera

En vigor desde 30 abr 2021
Las disposiciones contenidas en el articulado de la presente ley se aplicarán, desde el momento de su entrada en vigor, al síndico o síndica de Greuges, adjunto y adjunta que se encuentren en el ejercicio del mandato.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-vc/l/2021/03/26/2#disposicion-transitoria-primera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil