Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO VI
Art. Disposición transitoria primera
En vigor desde 30 abr 2021
Las disposiciones contenidas en el articulado de la presente ley se aplicarán, desde el momento de su entrada en vigor, al síndico o síndica de Greuges, adjunto y adjunta que se encuentren en el ejercicio del mandato.
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Proeli/es-vc/l/2021/03/26/2#disposicion-transitoria-primera