Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO XI
Art. 40
En vigor desde 14 abr 2015
1. El Ayuntamiento de Logroño participará activamente en la protección, conservación, rehabilitación, revitalización, mejora y fomento, así como el conocimiento, investigación y difusión del patrimonio cultural, histórico y artístico de titularidad municipal.
2. El Ayuntamiento colaborará activamente con el Consejo Superior del Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja, a través de su representante permanente en dicho órgano.
3. A través de una ley de la Comunidad Autónoma podrán regularse las especialidades de la aplicación de la legislación de patrimonio cultural, histórico y artístico al municipio de Logroño.
4. El Ayuntamiento de Logroño podrá solicitar del Gobierno autonómico la iniciativa legislativa citada debidamente justificada. Si la iniciativa legislativa parte del Gobierno autonómico, el texto requerirá informe, previo a su aprobación, del Ayuntamiento de Logroño.
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Proeli/es-ri/l/2015/03/23/2#art-40