Título TÍTULO VIII
Art. Disposición adicional tercera
En vigor desde 17 jun 2014
La Consejería competente en materia de museos dispondrá de un plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de esta ley, para definir la estructura orgánica y las plantillas tanto de las instituciones museísticas de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha como de las de titularidad estatal gestionados por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
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