Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición adicional cuarta

En vigor desde 26 ene 2014
En el plazo de dos meses, el Gobierno de Aragón constituirá la Comisión de coordinación de planes e inversiones provinciales, regulada en el artículo 74 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, que estará integrada por tres representantes del Gobierno de Aragón y los tres Presidentes de las Corporaciones Provinciales, para fijar criterios de interés general y favorecer una mayor coordinación de las inversiones de todas las administraciones implicadas.
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eli/es-ar/l/2014/01/23/2#disposicion-adicional-cuarta

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